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VIGO


El TSXG anula el capítulo de gastos de personal del presupuesto de Nigrán

01/02/2007 | La Voz | NIGRÁN


La Voz

El TSXG ha anulado en una reciente sentencia el capítulo de gastos de personal de los presupuestos del año pasado a raíz de una denuncia que fue interpuesta por la CIG.

El fallo judicial afecta también al presente ejercicio, puesto que el gobierno municipal opera con el programa económico prorrogado del 2006, al no tener mayoría para aprobar uno nuevo.

La resolución supone un nuevo revés en el final de la carrera política del alcalde, Alfredo Rodríguez Millares, y es fruto también de la manera unilateral en la que ha gestionado el Concello durante sus cuatro años en el sillón presidencial.

El Tribunal ha declarado nulo de pleno derecho el capítulo de gastos de personal y la plantilla de trabajadores porque el gobierno municipal se negó a negociarlos con los representantes de los trabajadores, lesionando de esta forma el contenido esencial del derecho a la libertad sindical.

El juez prefirió no entrar en el fondo de las denuncias de la CIG y fundamentó su decisión en la falta de voluntad de diálogo de las autoridades municipales.

Sentencia

La sentencia recuerda que en la reunión previa a la aprobación de los presupuestos el representante del Concello se levantó de la mesa cuando terminó su exposición, sin dar pie a poder dialogar con los representantes sindicales.

La CIG interpuso un contencioso administrativo contra el Concello al considerar que, en lo relativo a personal, se vulneraba el ordenamiento jurídico y los derechos de un buen número de empleados.

Además de no negociarse las materias de personal, se mantiene la discriminación arbitraria en el complemento específico entre los puestos de las jefaturas de negociado de la Unidad Central, Servicios y Alcaldía, frente a los de Intervención, Recaudación y Urbanismo.

Los presupuestos también mantenían la rebaja ilegal de casi un 50 por ciento en el complemento específico del puesto de tesorería municipal, así como el establecimiento de una productividad fija e irregular para el interventor.

El sindicato también denunciaba un régimen de productividad particular para la recaudación y discriminaciones entre áreas por los conceptos de productividad y gratificaciones, al no establecer criterios objetivos para el reparto de la productividades.

El fallo judicial significa que el Concello de Nigrán no podrá convocar las plazas que tenía previstas para la promoción interna de funcionarios.

Por otra parte, el gobierno local se verá obligado a presentar una modificación del capítulo de personal de los presupuestos de este año, al ser una prórroga de los que fueron aprobados en el año 2007.




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