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La Voz de Galicia

GALICIA


España pierde su fuerte apuesta judicial por el «Prestige» en EE.UU.


05/08/2010 | Pablo González
| REDACCIÓN


Una jueza federal desestima la demanda de 1.000 millones de dólares contra la firma que avaló el buque


Vista de la enorme brecha que tenía el «Prestige»
un par de días antes de que se hundiera frente
a la costa gallega

Segundo golpe judicial a las aspiraciones españolas de lograr una reparación moral, pero también económica, por la catástrofe del Prestige . La jueza Laura Taylor Swain, del Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York, ha vuelto a desestimar la demanda de 1.000 millones de dólares interpuesta por España contra ABS, la sociedad de clasificación que certificó que el Prestige estaba en condiciones de navegar.

Los abogados que representan a España intentaban demostrar que la sociedad de clasificación actuó de forma negligente e imprudente a la hora de revisar el petrolero, y que la legislación de Estados Unidos era la adecuada porque muchas de las decisiones respecto al Prestige se avalaron en los cuarteles centrales de la multinacional en Houston (EE.?UU.). La jueza, que en enero del 2008 había desestimado la demanda al considerar que la jurisdicción estadounidense no era competente para resolver este pleito civil, considera ahora que la Justicia de EE.?UU. sí es la adecuada para analizar el caso.

Esta modesta victoria de las tesis españolas desemboca directamente en la derrota provisional, pues, en aplicación de la legislación estadounidense y tras repasar los precedentes legales, concluye que no se puede responsabilizar a una sociedad de clasificación de los daños a terceros que son consecuencia de su presunta actitud negligente a la hora de revisar el petrolero y otorgarle el certificado de navegabilidad.

El auto judicial, de 20 páginas, se basa en que la relación contractual compete solo al armador y a la sociedad de clasificación y no a los países costeros afectados por un episodio de contaminación. Además, en base a otras demandas como la denominada Sundance Cruises, el corpus legal estadounidense confiere al armador y propietario «la responsabilidad total» sobre «las reparaciones y mantenimiento del buque». Cualquier reparto de esta obligación con las sociedades de clasificación «sería contradictorio con el indelegable deber [del armador] de asegurar la navegabilidad del barco», se asegura en el auto al que ha tenido acceso La Voz.

Decisión antes del juicio

Contrariamente a lo que sucede en la Justicia española, lo que en realidad es una jueza instructora entra de lleno en el fondo de la cuestión antes de que haya un juicio oral. Esto es posible en el ámbito judicial de EE.UU. porque ABS solicitó lo que se denomina un juicio sumario, es decir, una decisión vinculante antes de la vista oral sobre el asunto central que debaten las partes. La jueza, por un lado, acepta el recurso de la sociedad de clasificación para emitir un juicio sumario y, a continuación, le da la razón en su estrategia de mantenerse al margen de la responsabilidad final respecto al accidente.

La decisión de la jueza es recurrible ante su propio tribunal o ante el de Apelaciones, aunque el Gobierno no aclaró ayer si daría este paso, después de la gran decepción que supone esta decisión en un caso en el que ha realizado una fuerte apuesta. De momento, el Ministerio de Fomento ha anunciado que estudiará el fallo junto a la Abogacía del Estado, encargada de coordinar el pleito civil de Nueva York.

En la legislación estadounidense, ABS solo estaría expuesta a cierta responsabilidad si existiera «algún tipo de interacción» con el demandante o «una relación específica entre ellos». «El contacto geográfico fortuito de España con la carga de un buque clasificado por ABS no establece una relación subyacente que garantice la responsabilidad por un comportamiento imprudente», concluye el auto.



Justicia cree que el fallo es favorable para los intereses de España

Valoran de forma muy positiva que se haya declarado aplicable a este caso la legislación de Estados Unidos

El Ministerio de Justicia considera que la decisión de la juez de Nueva York de desestimar la responsabilidad de la empresa ABS que revisó el petrolero «Prestige», que aún es recurrible, es favorable a las pretensiones de España por haber declarado aplicable a este caso la legislación norteamericana.

Según han informado a EFE fuentes de Justicia, España sostiene que la legislación aplicable es la de los Estados Unidos, ya que es la sede de ABS, mientras que ésta dice que es la de las Bahamas, país de abanderamiento del buque pero cuya legislación confiere inmunidad a los barcos abanderados allí.

La decisión del juzgado de Nueva York, emitida el pasado día 3, de afirmar que la legislación que se aplique sea la norteamericana como pide España «despeja una de las principales cuestiones y dudas» que se habían planteado en el proceso, destacan las mismas fuentes.

La orden es todavía recurrible ante la Justicia estadounidense que por segunda vez ha desestimado la demanda interpuesta por España contra la compañía que certificó como «apto» para transportar combustible al petrolero «Prestige», que se hundió frente a las costas gallegas en noviembre de 2002.

La juez Laura Taylor Swain falló en favor de ABS, con sede en Houston (Texas) y a la que el Gobierno español pedía una indemnización de 1.000 millones de dólares por los daños causados por el desastre ocurrido tras el hundimiento de ese petrolero, con 77.033 toneladas de fueloil, frente a las costas de Galicia.

De esta forma, rechazó el recurso planteado el 3 de enero de 2008 por el Gobierno español, que reclamaba compensaciones a ABS y a otras empresas afiliadas por considerar que actuaron de forma negligente.

Las fuentes del Departamento dirigido por Francisco Caamaño han explicado que caben dos tipos de recursos frente a la decisión judicial: el de apelación a presentar en un plazo de 30 días, o el de reposición, que debe presentarse en 14 días.

Por su parte, el Ministerio de Fomento dijo ayer que estaba estudiando junto a la Abogacía del Estado el fallo de la juez de Nueva York y que el Gobierno tomaría la decisión que correspondiera cuando llegue el momento y con el «máximo respeto» a las resoluciones judiciales previas.



Un auto que asume las tesis de la industria naval

El análisis de la responsabilidad de las sociedades de clasificación que hace la jueza es puramente mercantilista y coincide con las tesis de la industria naval y de las propias sociedades de clasificación. De hecho, la jueza recuerda que ABS recibió 100.000 dólares por la revisión realizada en China después de que el petrolero pasara por el astillero, por lo que concluye que existe «una gran disparidad» entre lo que se le paga a ABS por sus servicios y la reclamación de 1.000 millones de dólares presentada por España, pues este país «no ha depositado su confianza en la certificación» de la sociedad de clasificación. Según la jueza y la jurisprudencia en la que se basa, la sociedad de clasificación «no proporciona una garantía global, sino que solo determina que el buque se adecúa a las normas internas de la propia sociedad». Por tanto, no incluye en el precio de sus servicios la exposición a una responsabilidad mayor relativa a terceros perjudicados. Según su tesis, no se puede reclamar por lo que no se paga.


El argumento es que la pretensión española de que ABS la compense por el vertido del Prestige «convertiría a una sociedad de clasificación en responsable para cualquier parte perjudicada por cualquier buque clasificado», aunque no existiera contacto entre ellos y siempre que se demostrara que el prejuicio se debió a una negligencia de la clasificadora. Desde el otro lado, los abogados que defienden los intereses españoles consideran que estas empresas tienen las manos libres para mostrarse laxas en los controles y revisiones de buques con cargas peligrosas.



¿Será rentable seguir con un pleito que ya ha costado 30 millones de dólares?

Habrá que esperar y ver si al Gobierno le quedan fuerzas y sobre todo dinero para continuar con una demanda que ya les ha costado a las arcas públicas unos 30 millones de dólares. Existe una fuerte convicción moral que han compartido tanto el Ejecutivo de Aznar como el de Zapatero de que había que buscar a los culpables del pecado original del accidente del Prestige : unos individuos -los empleados y directivos de ABS- que convirtieron las dos últimas revisiones al petrolero, en China y Emiratos Árabes, en una espeluznante chapuza que con el tiempo fue la causa subyacente del siniestro.


El pleito que iba a cambiar los curiosos vericuetos marítimos que confían a sociedades sin ánimo de lucro el control estructural de todos los barcos en todos los mares se ha quedado de momento en una simple reafirmación del statu quo: no hay por qué cambiar lo que es aceptado por la mayoría de los que se dedican al transporte marítimo. Aunque los daños colaterales afecten a terceros, estos no tienen derecho a reclamar porque no se paga a las clasificadoras para que asuman una responsabilidad mayor. Este es el curioso argumento de la jueza, que recoge íntegramente la inquietud del sector marítimo: se temía que una decisión que diera la razón a España hiciera inviable el negocio de la clasificación y obligara a los armadores a pagar más por estos servicios, al incluirse una cláusula de riesgo y responsabilidad para hacer frente a reclamaciones como la de ABS.

Si no lo remedia un recurso, al final triunfará la ley de la república del mar , donde, por lo visto, las jurisdicciones terrestres no se atreven a meter mano. La relación «de confianza» entre armadores y clasificadores seguirá tal y como estaba en el 2002, de forma que la suma de armadores y clasificadores irresponsables seguirá dando lugar a mareas negras que quedan impunes.

La crisis aprieta y será difícil decidir si se sigue adelante con un pleito en el que los abogados cobran por horas. Y mucho. Pero España ha hecho temblar los cimientos de una falsa seguridad marítima y lo que hay que hacer es derribarlos.




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