El juez del número 3 de Cangas presidió ayer dos nuevos juicios relacionados con el conflicto de Massó. En el segundo se sentaron como acusados dos concejales del gobierno cangués, Mariano Abalo y Maruchi Álvarez, además de otros tres vecinos: Sangabriel, Enrique Romasanta y José Soto. En el primero estaban imputados Sangabriel, Soto y Concha Pazó.
En los dos casos, tras escuchar la pena que solicitó la acusación, el juez dictó sentencia «in voce», declarando absueltos a todos los acusados.
Los hechos se referían al 16 de junio. Desde primera hora de la mañana hasta las cuatro de la tarde, un grupo de personas se concentró en el camino de A Congorza para impedir el paso de los camiones de piedra. Entonces, la empresa trataba de ampliar el llamado muelle roto, una obra que paralizó finalmente al no lograr el suministro de material necesario por la oposición vecinal y del propio Concello, que prohibió el paso de vehículos pesados por el citado vial.
Abalo declaró que se encontraba en el lugar con la encomienda de la comisión de gobierno municipal para verificar que los camiones respetaban la prohibición. Negó haberse colocado delante de ellos. Sangabriel reconoció que estuvo presente de forma habitual en Massó, pero no recordaba con exactitud si lo estuvo ese día. Negó haber obstaculizado el paso de los vehículos. Terció entonces el abogado de la acusación, quien consideró que Sangabriel había incurrido en contradicción al decir que no recordaba si había estado y asegurar que no se puso delante de los camiones. Sangabriel protestó: «Yo no tengo estudios universitarios, pero no admito que usted me llame tonto».
Romasanta dijo que estuvo en Massó, pero que no obstaculizó el paso de los camiones. La concejala Maruchi Álvarez afirmó que no estuvo allí ese día, al igual que José Soto.
La acusación no aportó pruebas más allá de las declaraciones del encargado de la obra, la persona que presentó la denuncia. El juez dijo que no lo consideraba legitimado como denunciante, ya que no puede considerarse damnificado por lo sucedido.
No se presentaron los agentes de la Guardia Civil que redactaron el atestado ni los camioneros. El juez dejó claro que el atestado no puede considerarse una prueba incriminatoria dado que no la ratificaron los agentes en la vista y los denunciados negaron los hechos.
Se preguntó por qué tanto el denunciante como la Guardia Civil decidieron reconocer solo a los cinco acusados cuando había más vecinos en el lugar.
![]() |
![]() |
![]() |